Tercio De Libre Disposición
Concepto de Tercio de Libre Disposición
El «Tercio de Libre Disposición» es un concepto que proviene del Derecho Sucesorio en muchos sistemas legales, especialmente en aquellos influenciados por el Derecho Romano. Se refiere a la parte de una herencia que el testador (la persona que hace el testamento) puede disponer libremente, es decir, puede decidir a quién legarla sin restricciones.
En muchos sistemas legales, cuando una persona fallece dejando un testamento, no puede disponer libremente de la totalidad de su patrimonio debido a la existencia de las llamadas «legítimas». Las legítimas son porciones de la herencia que están reservadas por ley para ciertos herederos forzosos, como los hijos o el cónyuge. Estas porciones aseguran que estos herederos reciban una parte mínima de la herencia.
Por lo general, la herencia se divide en tres tercios:
- Tercio de legítima: Es la parte de la herencia que se reparte entre los herederos forzosos en partes iguales.
- Tercio de mejora: Es otra parte que el testador puede usar para mejorar la herencia de alguno o algunos de los herederos forzosos. Es decir, puede decidir dar más a uno de sus hijos que a otro, por ejemplo.
- Tercio de libre disposición: Es la parte de la herencia de la que el testador puede disponer libremente, es decir, puede legarla a quien quiera, ya sea un heredero forzoso, un amigo, una organización benéfica, etc.
Ejemplo de Tercio de Libre Disposición
Para comprender mejor el concepto, veamos un ejemplo concreto:
Supongamos que Juan es viudo y tiene dos hijos. Al redactar su testamento, Juan decide destinar el tercio de libre disposición a una fundación benéfica que le apasiona, y reparte los otros dos tercios entre sus hijos como manda la ley.
En este caso, gracias al Tercio de Libre Disposición, Juan puede disponer libremente de un tercio de su herencia en favor de la fundación. Los otros dos tercios son la legítima de sus hijos (art. 808 del Código Civil). Si Juan no tuviera hijos ni padres ni cónyuge, no habría herederos forzosos y podría disponer de toda su herencia como quisiera (art. 763).
Es importante destacar que el Tercio de Libre Disposición permite al testador garantizar que sus deseos sean respetados y que sus bienes sean distribuidos de acuerdo con sus preferencias personales, incluso si estos no coinciden con las normas legales de sucesión.
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