Abogado de herencias en Marbella

Abogado de herencias en Marbella

Si has heredado un piso, una villa o cualquier bien en Marbella —o tienes que aceptar una herencia siendo residente o no residente en España—, las decisiones que tomes en los próximos seis meses tienen consecuencias fiscales y legales difíciles de revertir. Plazos para presentar el impuesto de sucesiones, plusvalía municipal, partición entre coherederos, deudas del fallecido… cada paso tiene su plazo y sus costes, y los errores salen caros.

En Testamentalia llevamos años acompañando a familias en Marbella, San Pedro, Estepona, Benahavís y toda la Costa del Sol. Nuestro despacho está en Fuengirola (a 30 minutos del centro de Marbella) y trabajamos con clientes locales, expatriados británicos, alemanes y nórdicos, y herederos que viven en el extranjero pero tienen propiedad en Marbella.

Por qué necesitas un abogado de herencias en Marbella

Marbella no es una ciudad cualquiera para tramitar herencias. Concentra cuatro situaciones que rara vez se dan en otras provincias y que un abogado generalista puede no haber visto nunca:

  • Herencias mixtas (residentes + no residentes). En la Costa del Sol es muy habitual que al menos uno de los herederos viva fuera de España. Eso obliga a presentar el Modelo 650 del heredero no residente ante la Agencia Tributaria estatal, aplicando la normativa andaluza si conviene (disposición adicional segunda de la Ley 29/1987), y muchas veces a tramitar antes su NIE para poder pagar el impuesto.
  • Vivienda de lujo. Las propiedades en La Zagaleta, Sierra Blanca, Puerto Banús o Guadalmina arrastran valores catastrales muy altos y el ajuar doméstico —que la ley presume en el 3 % del caudal (art. 15 de la Ley 29/1987), aunque el Tribunal Supremo excluye de esa base el dinero, las acciones y otros bienes no destinados al uso personal (sentencias de 2020)— puede superar los 20.000 €. Se puede acreditar un valor inferior o su inexistencia, y lo hacemos siempre que procede.
  • Bonificación 99% del Impuesto de Sucesiones en Andalucía. Desde el 11 de abril de 2019, Andalucía bonifica el 99 % de la cuota para los Grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes; art. 39 de la Ley 5/2021), además de la reducción de 1.000.000 € por heredero (art. 28). El resultado suele ser una cuota simbólica o cero, pero hay que presentarlo correctamente y en plazo.
  • Plusvalía municipal del Ayuntamiento de Marbella. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año si se solicita (art. 110.2 de la Ley de Haciendas Locales). Comprobamos si procede la no sujeción por inexistencia de incremento de valor y si la ordenanza fiscal prevé bonificación por la vivienda habitual (la ley permite hasta el 95 %).

Servicios de herencias en Marbella

1. Aceptación y partición de la herencia

Acompañamos al heredero desde el momento del fallecimiento hasta la inscripción de la herencia en el Registro de la Propiedad. Solicitamos el certificado de últimas voluntades, el certificado de defunción internacional si procede, redactamos el cuaderno particional y firmamos ante notario en Marbella o Fuengirola.

2. Impuesto de Sucesiones (Modelo 650)

Presentamos el Modelo 650 dentro del plazo de 6 meses: ante la Agencia Tributaria de Andalucía o, si el heredero o el causante no residen en España, ante la Agencia Tributaria estatal (Oficina Nacional de Gestión Tributaria), aplicando en ambos casos la normativa andaluza. Aplicamos las reducciones y bonificaciones que correspondan: reducción de 1.000.000 € por heredero de los Grupos I y II (art. 28 de la Ley 5/2021), reducción del 99 % por la vivienda habitual del causante si se mantiene tres años (art. 27), reducciones por empresa familiar y por seguros de vida, y bonificación del 99 % de la cuota (art. 39). Cuando el caudal lo permite, planificamos la presentación para minimizar el coste fiscal.

3. Plusvalía municipal en Marbella

Calculamos la plusvalía con los dos métodos disponibles desde el Real Decreto-ley 26/2021 (objetivo y real) y elegimos el más beneficioso. Tramitamos la solicitud de prórroga si el caudal es complejo y reclamamos cuando el ayuntamiento aplica un cálculo erróneo.

4. Herencias internacionales (UE Reglamento 650/2012)

Si el causante era británico, alemán, francés, sueco, holandés, belga o irlandés con propiedad en Marbella, aplicamos el Reglamento Europeo de Sucesiones para determinar la ley aplicable (la del país de residencia habitual o la elegida en testamento). Tramitamos el certificado sucesorio europeo y coordinamos con el solicitor o notario del país de origen.

5. Renuncia o aceptación a beneficio de inventario

Cuando el caudal incluye deudas (hipotecas, préstamos personales, deudas tributarias), evaluamos la conveniencia de aceptar a beneficio de inventario o de renunciar formalmente. La aceptación a beneficio de inventario se declara ante notario (art. 1011 del Código Civil) y tiene plazos estrictos que dependen de tu situación —por ejemplo, 30 días desde que sabes que eres heredero si ya tienes bienes de la herencia en tu poder (art. 1014)—, así que conviene decidir cuanto antes.

6. Partición judicial entre coherederos

Cuando hay desacuerdo entre hermanos sobre el reparto del piso de Marbella —el caso más típico—, instamos la división de la cosa común o la partición judicial. Trabajamos con peritos tasadores y procuradores en Marbella, Estepona y Málaga capital.

Cómo trabajamos

  1. Primera consulta sin coste. Por teléfono o videollamada, en español o inglés. Te explicamos qué documentos necesitas y cuánto va a costar, en total, antes de empezar.
  2. Honorarios cerrados desde el día 1. Nada de tarifas por hora ni sorpresas. Te enviamos presupuesto detallado por escrito con todos los conceptos.
  3. Tramitación end-to-end. Nosotros nos ocupamos de todo: notaría, hacienda, ayuntamiento, registro de la propiedad y cancelación de cuentas bancarias.
  4. Comunicación constante. Recibes un informe semanal con el estado del expediente. Si no entiendes algo, te llamamos.

Honorarios y transparencia

Una herencia estándar en Marbella (sin litigio, hasta 3 herederos, una vivienda y cuentas bancarias) suele moverse entre 1.800 € y 3.500 € de honorarios profesionales, más impuestos (sucesiones, plusvalía) y aranceles notariales/registrales. Te damos el desglose por escrito antes de firmar el encargo, y si la herencia se complica te avisamos antes de incurrir en cualquier coste adicional.

Áreas de actuación en Costa del Sol

Trabajamos toda la provincia de Málaga: Marbella centro, San Pedro Alcántara, Nueva Andalucía, Puerto Banús, Las Chapas, Elviria, Cabopino, Calahonda, La Zagaleta, Sierra Blanca, Guadalmina, Estepona, Benahavís, Mijas, Fuengirola, Benalmádena, Torremolinos y Málaga capital.

Preguntas frecuentes sobre herencias en Marbella

¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones en Marbella?

Marbella aplica la normativa de la Junta de Andalucía. Para el cónyuge, los descendientes y los ascendientes (Grupos I y II) hay una reducción de 1.000.000 € por heredero (art. 28 de la Ley 5/2021) y una bonificación del 99 % sobre la cuota (art. 39). En la práctica, una herencia de un piso de 400.000 € entre hijos normalmente no paga Impuesto de Sucesiones, aunque hay que presentar el Modelo 650 igualmente.

¿Qué plazo tengo para presentar la herencia en Marbella?

Seis meses desde el fallecimiento para el Impuesto de Sucesiones; puedes pedir una prórroga de otros seis, pero la solicitud debe presentarse dentro de los cinco primeros meses y devenga intereses de demora (art. 68 del Reglamento del Impuesto, RD 1629/1991). La plusvalía municipal tiene también un plazo de seis meses, prorrogable hasta un año si lo solicitas (art. 110.2 de la Ley de Haciendas Locales).

Soy británico y heredé un piso en Marbella, ¿puedo tramitarlo desde UK?

Sí. Tras el Brexit, los herederos residentes en el Reino Unido pueden aplicar la normativa andaluza igual que los residentes en la UE: desde la Ley 11/2021, la disposición adicional segunda de la Ley 29/1987 reconoce ese derecho a cualquier no residente. Necesitas NIE, certificado de defunción apostillado y representación legal en España. Lo gestionamos íntegramente sin necesidad de que viajes.

¿Tengo que viajar a Marbella para firmar la herencia?

No es obligatorio. Puedes otorgar poder especial ante un notario de tu país (con apostilla) y nosotros firmamos en tu nombre ante notario en Marbella o Fuengirola. La mayoría de nuestros clientes no residentes no llega a pisar el despacho.

El piso heredado está en proindiviso con mis hermanos y queremos venderlo, ¿podéis ayudarnos?

Sí. Tramitamos la extinción del condominio (el hermano que se queda compensa al resto) o, si no hay acuerdo, la división judicial de la cosa común. Lo más eficiente suele ser la extinción notarial cuando todos los coherederos están de acuerdo; estudiamos la fiscalidad de la operación caso por caso.

¿Cuánto tarda una herencia en Marbella?

Entre 3 y 9 meses cuando es sencilla y todos los herederos están de acuerdo. Si hay testamento internacional, herederos no residentes o partición judicial, puede llegar a 12-18 meses. Nuestro objetivo es siempre el plazo más corto sin sacrificar bonificaciones fiscales.

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