Tercio de Legítima Estricta

Concepto de Tercio de Legítima Estricta

El Tercio de Legítima Estricta es un concepto del derecho sucesorio español que se refiere a una parte específica de la herencia de una persona fallecida que está reservada legalmente para los herederos forzosos. Los herederos forzosos son aquellos familiares directos que, por ley, tienen derecho a recibir una parte de la herencia, independientemente de lo dispuesto en el testamento del fallecido.

Según el artículo 807 del Código Civil español, el Tercio de Legítima Estricta representa una tercera parte del patrimonio del fallecido y se divide en partes iguales entre los herederos forzosos. Estos herederos forzosos son los descendientes (hijos y nietos, excluyendo a los que hayan sido desheredados), los ascendientes (padres y abuelos, excluyendo a los que hayan sido desheredados) y el cónyuge viudo.

Ejemplo de Tercio de Legítima Estricta

Para comprender mejor el concepto, consideremos un caso hipotético. Juan fallece dejando un patrimonio valorado en 300.000 euros y tiene dos hijos, Antonio y María. Según las disposiciones legales, el Tercio de Legítima Estricta corresponderá a 100.000 euros (una tercera parte del patrimonio).

Te puede interesar:Preterición

En este caso, Antonio y María, como herederos forzosos, tendrán derecho a recibir cada uno 50.000 euros, correspondientes a la mitad del Tercio de Legítima Estricta. Juan puede haber dejado un testamento en el que disponga que el resto de su patrimonio se distribuya de manera diferente, por ejemplo, dejando la otra mitad a una organización benéfica.

En resumen, el Tercio de Legítima Estricta es una parte de la herencia que está reservada por ley para los herederos forzosos, y se divide en partes iguales entre ellos. Es importante tener en cuenta que este concepto puede variar dependiendo de las disposiciones legales de cada país o jurisdicción.

Te puede interesar:Nulidad TestamentariaNulidad Testamentaria

Deja un comentario